Realizar la declaración de la renta 2016, abierto el plazo de presentación

¿Qué es lo más importante a tener en cuenta para realizar la declaración de la renta 2016?

            Lo más importante a la hora de realizar la declaración de la renta 2016 es contar con los conocimientos suficientes para poder sacarle el mayor partido a las deducciones fiscales. Teniendo en cuenta que no todos los contribuyentes son iguales. A cada contribuyente le corresponde una tributación diferente y unas deducciones diferentes. Un buen asesoramiento de un profesional colegiado es muy importante.

Hacer la declaración no sólo es confirmar los datos que se conocen de antemano de la Agencia tributaria suministrada por terceras personas como Bancos, Empresas, Comunidades o Autónomos.

Es calcular si conviene hacerla conjunta o por separado. Ya que no todos los años las circunstancias personales y económicas de una familia son iguales y porque la elección de tributar de forma individual o conjunta no vincula de un año a otro.

Es calcular todas aquellas deducciones posibles como las deducciones por la vivienda habitual, por las donaciones efectuadas o la aplicación de las deducciones de las comunidades autónomas por libros, alquiler de vivienda, gastos de guardería, etc…

Los errores típicos y que nos llevan a recibir requerimientos de la Agencia Tributaria por las diferencias pueden ser por ejemplo las siguientes:

  • La no declaración de los ingresos percibidos por un contribuyente en todo el mundo. La llamada renta mundial a declarar integrada por ingresos por nómina, bancos, propiedades, etc…Cada vez Hacienda tiene más datos obtenidos bien por la Aplicación de Convenios Internacionales  o por el controvertido modelo 720.
  • La no declaración de los ingresos percibidos por las empleadas de hogar al no figurar en los propios datos fiscales que se pueden obtener de la propia Web de Hacienda. O bien la no declaración de ayudas o de subvenciones percibidas como las del plan PIVE o la Renta Básica de Emancipación.

Por eso hacer realizar la declaración de la renta 2016 es algo más que cumplir con la obligación con Hacienda todos los años. Es ser conocedor de que aunque se crea que no se está obligado a presentarla (más de uno se llevaría una sorpresa). Solicitar los datos para comprobarlo es la primera obligación. 

Comprobar los datos existentes y añadir bajo la supervisión de un profesional los datos que faltan es una segunda obligación. Y como tercera obligación es que tenemos que concienciarnos que nos quedan 6 meses del año en curso para tomar medidas con ánimo de que la factura fiscal del ejercicio siguiente sea menor que la del año que se está declarando.

¿Podría explicar, con el máximo nivel de detalle, paso a paso, lo que debe hacer el contribuyente para realizar la declaración de la renta?

Para realizar la declaracion de la renta 2016, como en ejercicios anteriores puede confeccionarse de manera telemática, por teléfono o bien imprimiendo la declaración en papel para llevarla al banco o caja para su abono o bien para solicitar la devolución.

En el caso de tramitarla de forma telemática el plazo de presentación comienza el próximo día 05 de abril.

Sin embargo si se opta por la presentación telemática el plazo comenzaría el 11 de mayo. Como fecha tope de presentación de la declaración correspondiente al año 2016 tenemos el 30 de junio de 2017. Como es costumbre desde ejercicios pasados la propia administración tributaria puede confeccionar la declaración al contribuyente de forma gratuita y con cita previa.

Como en ejercicios anteriores se debe obtener un número de referencia para acceder al Portal RENTA WEB .

Ésta puede obtenerse de diferentes maneras: Con un lector de tarjetas para usar el DNI-e con su contraseña, accediendo mediante firma digital (a través de entidades certificantes como la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, Firma profesional, etc…), a través del sistema cl@ve siempre y cuando se haya solicitado el alta a la Administración pública Española o bien con el dato de la casilla 440 de la declaración de la renta del año 2015.

Una vez estemos en posesión de esta referencia por cualquiera de los medios anteriores podremos acceder al Portal RENTA WEB de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Allí deberíamos verificar y actualizar la dirección que conste en la Agencia Tributaria pues muchas veces es errónea.

Provocando muchas notificaciones fallidas por parte de la administración tributaria que pueden llevar a consecuencias irreparables para el contribuyente.

Una vez verificado y actualizado el domicilio, número de móvil y dirección de correo electrónico el siguiente paso es imprimir los datos fiscales que conoce la agencia tributaria sobre el contribuyente.

Para complementarlos con los que desconozca para poder finalizar la declaración.

A través de este sistema de RENTA WEB tendremos un programa online y accesible desde cualquier PC o dispositivo por el que confeccionar la declaración de la renta por cualquier contribuyente. El ejercicio pasado no estaba abierto a todos los contribuyentes.

¿Cuáles son las principales novedades a la hora de realizar la declaracion de la renta 2016?

            Para este ejercicio no existen grandes novedades fiscales , salvo el mantenimiento de las variaciones realizadas el ejercicio pasado. Esto es, se modificaron las tarifas, la modificación de los mínimos familiares y personales, aumento de la deducibilidad de donaciones y otras aportaciones, las deducción por familia numerosa y discapacidad y la vuelta al sistema antiguo de la tributación de las rentas del ahorro. La gran novedad es la desaparición del programa Padre con el que se confeccionaba la declaración.

¿Quiénes están obligados a realizar la declaración de la renta 2016?

            Para mi que esta es una pregunta mal formulada como he expuesto ya anteriormente. En mi opinión TODOS están, si no obligados a realizar la declaración por lo menos a solicitar la referencia.

Entrar en el Portal RENTA WEB y verificar si aún sin estar obligado a presentar la declaración les corresponde algún tipo de devolución.

Pero , ¡cuidado¡, que si tenemos menos de 25 años o podemos formar parte de la unidad familiar de nuestros padres puede que la deducción y el ahorro fiscal en esta renta sea mayor que las retenciones solicitadas.

Una vez realizada la advertencia, a grandes rasgos podemos decir que están obligados a realizar la declaración de la renta 2016:

  1. Quienes obtengan rendimientos del trabajado de más de 22.000,00€ de un solo pagador.
  2. Quienes obtengan rendimientos del trabajado de más de 12.000,00€ de más de un pagador, además de:
  1. Cuando los rendimientos de trabajo lleguen de más de un pagador.
  2. En caso de que la persona reciba algún tipo de pensión del cónyuge o cualquier tipo de anualidad por año.
  3. Cuando el pagador de rendimientos no esté obligado a retener.
  4. Cuando se tienen rendimientos íntegros de trabajos fijos a retención.

¿Qué rentas deben declararse?

                Para los residentes en España en el ejercicio 2016. Se debe declarar por la renta mundial obtenida en este ejercicio exceptuando las exentas o no sujetas.

¿Qué supone la desaparición del programa PADRE?

            En realidad nada, realmente no es que desparezca, lo que ocurre es que se transforma y cambia de nombre. De ser un programa para descargarse y alojarse en nuestro ordenador en local, pasamos a un programa online en la sede electrónica de la Agencia tributaria. Accesible desde cualquier PC, Tablet, o dispositivo móvil. Sólo se necesita un acceso a internet y la referencia de acceso o una firma digital.

 

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