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	<title>EXPATRIADOS Archivos &#187; Declaraciondelarentamadrid.es / Gestoría FGM</title>
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	<description>Gestoría fiscal para la confección de declaraciones tributarias en Madrid</description>
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	<title>EXPATRIADOS Archivos &#187; Declaraciondelarentamadrid.es / Gestoría FGM</title>
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		<title>Venta de un inmueble por un no residente</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Declaracion de la renta]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 11 Dec 2016 13:42:28 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Agencia Tributaria]]></category>
		<category><![CDATA[EXPATRIADOS]]></category>
		<category><![CDATA[FISCALIDAD NO RESIDENTES]]></category>
		<category><![CDATA[Gestoría Fiscal]]></category>
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		<category><![CDATA[Modelo 210]]></category>
		<category><![CDATA[Renta de no residentes]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>&#160; Operación inmobiliaria frecuente en España que produce importantes efectos. El no residente en España debe tener un NIE en vigor para la operación inmobiliaria. Junto a este documento debe conocer sus implicaciones fiscales en la venta de un inmueble por un no residente. Debe ser consciente que en el propio acto Notarial se le realizará una ... <a title="Venta de un inmueble por un no residente" class="read-more" href="https://www.declaraciondelarentamadrid.es/venta-inmueble-no-residente/" aria-label="Leer más sobre Venta de un inmueble por un no residente">Leer más</a></p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>&nbsp;</p>
<h2>Operación inmobiliaria frecuente en España que produce importantes efectos.</h2>
<p style="text-align: justify;">El no residente en España debe tener un <a href="https://www.declaraciondelarentamadrid.es/nie-de-no-residente/" target="_blank" rel="noopener">NIE en vigor</a> para la operación inmobiliaria. Junto a este documento debe conocer sus implicaciones fiscales en la venta de un inmueble por un no residente.<br />
Debe ser consciente que en el propio acto Notarial se le realizará una retención del 3% sobre el precio de venta. Retención que el propio comprador debe ingresar en la Agencia Tributaria a través del modelo 211 en el plazo de 1 mes.<span id="more-367"></span></p>
<blockquote>
<p style="text-align: justify;">Este tema de la retención del 3% ya ha sido tratado con anterioridad. Pueden acceder a él a través de la nube de etiquetas de nuestra web de ser de su  interés.</p>
</blockquote>
<p style="text-align: justify;">Cuando nos encontramos ante la <strong>venta de un inmueble por un no residente</strong>, el contribuyente dispone de tres meses para presentar el modelo 210 y dar cuentas de su ganancia o pérdida patrimonial.</p>
<blockquote>
<p style="text-align: justify;"><em>Tres meses que se convierten en cuatro si tenemos en cuenta su cómputo desde la fecha del negocio jurídico. </em></p>
</blockquote>
<p style="text-align: justify;">Es decir tras acabar el plazo de un mes para realizar el ingreso del modelo 211 por el comprador, comienzan los tres meses para presentar el modelo 210 por parte del vendedor.</p>
<p style="text-align: justify;"><a href="https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/procedimientoini/GF00.shtml" target="_blank" rel="noopener">Modelo 210</a> a presentar por la venta de un inmueble por un no residente en España que puede salir bien a pagar una  cuota tributaria . O bien a solicitar la  devolución de parte o de la totalidad de las retenciones efectuadas con anterioridad. Todo ello en función de la diferencia entre el valor de adquisición y el valor de venta del inmueble por un no residente</p>
<p style="text-align: justify;">Para evitar reclamaciones y sanciones tributarias, junto a la presentación de este modelo habrá que verificar la presentación anteriores impuestos. Esto es, verificar haber presentado anualmente el preceptivo impuesto de la renta de no residentes por el inmueble en propiedad.</p>
<p style="text-align: justify;">Hablamos otra vez del modelo 210, pero esta vez para las imputaciones anuales por la vivienda en propiedad. Para las viviendas alquiladas, siendo no residente fiscal en España, debe declararse inicialmente de forma trimestral.</p>
<p>&nbsp;</p>
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		<title>Comunicacion a hacienda del traslado al extranjero</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Declaracion de la renta]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 04 Mar 2016 09:42:35 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Agencia Tributaria]]></category>
		<category><![CDATA[EXPATRIADOS]]></category>
		<category><![CDATA[FISCALIDAD NO RESIDENTES]]></category>
		<category><![CDATA[Gestoría Fiscal]]></category>
		<category><![CDATA[Modelo 247]]></category>
		<category><![CDATA[Renta de no residentes]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Normalmente en nuestro cambio de residencia al extranjero en lo último que pensamos es en la comunicacion a hacienda del traslado al extranjero, y por tanto, del cambio de modalidad de tributación, del domicilio fiscal y el de notificaciones, además de ser un medio de prueba de que pasados los 183 días preceptivos nos vamos a convertir en ... <a title="Comunicacion a hacienda del traslado al extranjero" class="read-more" href="https://www.declaraciondelarentamadrid.es/comunicacion-a-hacienda-del-traslado-al-extranjero/" aria-label="Leer más sobre Comunicacion a hacienda del traslado al extranjero">Leer más</a></p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;"><img fetchpriority="high" decoding="async" class="aligncenter wp-image-270 size-full" src="https://www.declaraciondelarentamadrid.es/wp-content/uploads/trasladarse-al-extranjero.jpg" alt="Hacienda y los traslados al extranjero" width="952" height="395" srcset="https://www.declaraciondelarentamadrid.es/wp-content/uploads/trasladarse-al-extranjero.jpg 952w, https://www.declaraciondelarentamadrid.es/wp-content/uploads/trasladarse-al-extranjero-300x124.jpg 300w, https://www.declaraciondelarentamadrid.es/wp-content/uploads/trasladarse-al-extranjero-768x319.jpg 768w" sizes="(max-width: 952px) 100vw, 952px" /></p>
<p style="text-align: justify;">Normalmente en nuestro cambio de residencia al extranjero en lo último que pensamos es en la comunicacion a hacienda del traslado al extranjero, y por tanto, del cambio de modalidad de tributación, del domicilio fiscal y el de notificaciones, además de ser un medio de prueba de que pasados los 183 días preceptivos nos vamos a convertir en sujeto pasivo del Impuesto de la Renta de No Residentes.</p>
<p style="text-align: justify;">Mediante el <a href="https://www.declaraciondelarentamadrid.es/agencia-tributaria/obligaciones-fiscales-no-residentes" target="_blank">modelo 030</a> de la Agencia Tributaria, se comunica a la administración pública la variación de datos que se sucedan en cada sujeto pasivo. Siendo esta variación de tributación de Residente a no residente necesaria de comunicacion a hacienda del traslado al extranjero.</p>
<p style="text-align: justify;"><span id="more-248"></span></p>
<p style="text-align: justify;">El trabajador desplazado, puede solicitar desde el inicio del ejercicio del desplazamiento que se le practiquen las retenciones de acuerdo a su nueva consideración de <a href="https://www.declaraciondelarentamadrid.es/obligaciones-fiscales-no-residentes/">NO RESIDENTE</a>, debiéndose realizar a través del <a href="https://www.google.es/url?sa=t&amp;rct=j&amp;q=&amp;esrc=s&amp;source=web&amp;cd=1&amp;cad=rja&amp;uact=8&amp;sqi=2&amp;ved=0ahUKEwjSh47Dgf3JAhWBhBoKHcu6ChAQFggjMAA&amp;url=http%3A%2F%2Fwww.agenciatributaria.es%2Fstatic_files%2FAEAT%2FContenidos_Comunes%2FLa_Agencia_Tributaria%2FModelos_y_formularios%2FDeclaraciones%2FModelos_200_al_299%2F247%2Fmod247_mi_MI.pdf&amp;usg=AFQjCNHizApcKPUPrCUOXKNaZzJlPIzQLA&amp;bvm=bv.110151844,d.ZWU" target="_blank">modelo 247</a>, a través de este formulario de la Agencia Tributaria, se realiza la comunicación del desplazamiento al extranjero efectuada por trabajadores por cuenta ajena. Modelo por el que el contribuyente RESIDENTE en España y sabiendo que va a pasar a la condición de <a href="https://www.declaraciondelarentamadrid.es/renta-no-residentes/">NO RESIDENTE</a> al desplazarse a otro país y permanecer más de 183 días en ese nuevo País, puede presentar realizando la comunicación a hacienda del traslado al extranjero con la finalidad de seguir realizando los impuestos obligados como NO RESIDENTE de los bienes y derechos que deje en España. En este modelo se debe incluir la fecha de salida del territorio España, la posible fecha de inicio del nuevo trabajo y el País o territorio del desplazamiento.</p>
<p style="text-align: justify;">La Administración tras la presentación del mencionado modelo, expedirá un certificado de reconocimiento del desplazamiento, que debe entregarse a la empresa con la finalidad de comunicar la nueva situación fiscal a fin de <strong>aplicar o no la retención del IRPF</strong> establecida en la normativa del Impuesto sobre la Renta de No Residentes.</p>
<p style="text-align: justify;">Cabe comentar también que la presentación de este modelo 247 es voluntario, pero evitará que la empresa tenga que practicar retenciones a cuenta del IRPF sobre las retribuciones del expatriado hasta que el trabajador haya cumplido un periodo de más de 183 días fuera de España, ya que los rendimientos percibidos lo son por trabajar en el extranjero y por ser obtenidos en el extranjero, de esta forma será más llevadero el tránsito o comunicacion a hacienda del traslado al extranjero y la tributación de los ingresos obtenidos fuera de España.</p>
<p style="text-align: justify;"><img decoding="async" class="aligncenter size-large wp-image-271" src="https://www.declaraciondelarentamadrid.es/wp-content/uploads/no-residentes-1024x695.jpg" alt="No residentes" width="1024" height="695" srcset="https://www.declaraciondelarentamadrid.es/wp-content/uploads/no-residentes-1024x695.jpg 1024w, https://www.declaraciondelarentamadrid.es/wp-content/uploads/no-residentes-300x204.jpg 300w, https://www.declaraciondelarentamadrid.es/wp-content/uploads/no-residentes-768x521.jpg 768w, https://www.declaraciondelarentamadrid.es/wp-content/uploads/no-residentes.jpg 1709w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></p>
<p style="text-align: justify;">Al tiempo de presentar esta comunicación, sería conveniente proceder a solicitar la <a href="http://www.gestoriafgm.es/sistema-clave.php" target="_blank">firma digital</a> de la FNMT en la propia Agencia Tributaria, certificado digital gratuito que tramita la propia Tesorería de la Seguridad Social y Hacienda y de gran utilidad para poder realizar trámites burocráticos con la Administración online.</p>
<p style="text-align: justify;">Para cualquier duda respecto a la fiscalidad de los personas NO RESIDENTES en España y que deban realizar y presentar impuestos puede ponerse en contacto con nosotros por teléfono o a través del siguiente e-mail: francisco@gestoriafgm.es</p>
<p style="text-align: justify;">
<p>La entrada <a href="https://www.declaraciondelarentamadrid.es/comunicacion-a-hacienda-del-traslado-al-extranjero/">Comunicacion a hacienda del traslado al extranjero</a> aparece primero en <a href="https://www.declaraciondelarentamadrid.es">Declaraciondelarentamadrid.es / Gestoría FGM</a>.</p>
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